Luego de la nulidad interpuesta al incidente de desacato del fallo de tutela instaurado por la Procuraduría General de la Nación, que ordenó el restablecimiento de la conexión al servicio de agua potable en San Andrés, Providencia y Santa Catalina, un juzgado confirmó que no se ha dado cumplimiento a lo sentenciado y persiste la violación del derecho fundamental al agua por parte de las empresas accionadas.
El incidente de desacato inicial fue decretado nulo por cuanto la decisión promovida por el ente de control recaía sobre la Unión Temporal Progreso Vial San Andrés 22 y la Asociación Regional de Municipios del Caribe (AREMCA), y no sobre sus representantes legales quienes, deben responder por el cumplimiento del fallo de tutela. .Surtido el trámite de individualización, el Juzgado Segundo Civil de la isla advirtió que el incumplimiento en la reparación de los daños ocasionados a la planta desalinizadora, al parecer, por parte de contratistas de una obra vial, continúa afectando a gran parte de la población que necesita agua potable para su supervivencia.
Asimismo, señaló que los tiempos concedidos en el fallo se han superado con creces, puntualizó que la isla inicia una época seca donde la demanda del agua de la planta desalinizadora será mucho mayor y, reiteró que transcurridos más de 10 meses, la Unión Temporal y AREMCA siguen incumpliendo lo resuelto en la decisión judicial que impulsó el Ministerio Público como garante de los derechos de los sanandresanos.